¿Qué es Costa Rica?

Muchas veces utilizamos la palabra democracia para explicar absolutamente todo lo que ocurre dentro del sistema político y jurídico del país. Decimos que la Sala Constitucional interviene porque vivimos en democracia, que un gobierno no puede hacer lo que quiera porque vivimos en democracia o que las instituciones deben respetarse porque vivimos en democracia. Y sí, la democracia está presente en todo eso, pero no todo ocurre simplemente porque somos una democracia. Muchas cosas suceden porque también somos un Estado de derecho, porque existe una Constitución Política, porque tenemos instituciones, porque existe separación de poderes y porque quienes ejercen el poder están sometidos a reglas, procedimientos y límites. Tal vez por eso convenga aclarar algunos conceptos que normalmente utilizamos como si fueran una sola cosa, cuando en realidad cumplen funciones diferentes.

Democracia

La democracia es el sistema mediante el cual la ciudadanía participa en la conducción del país, principalmente eligiendo a sus representantes, pero también ejerciendo derechos, participando, fiscalizando, organizándose y expresando su voluntad. En una democracia, la legitimidad del poder político tiene su origen en la ciudadanía. Esto significa que quienes gobiernan no lo hacen porque el poder les pertenezca, sino porque lo ejercen temporalmente mediante los mecanismos establecidos por el propio sistema democrático.

Estado de derecho

El Estado de derecho significa que nadie está por encima de la ley. Ni el presidente, ni los diputados, ni los magistrados, ni los ministros, ni ninguna otra autoridad o institución pueden actuar simplemente porque desean hacerlo. El ejercicio del poder público está sometido a normas, competencias, procedimientos y límites. En un Estado de derecho, gobernar no significa disponer del Estado a voluntad. Significa ejercer determinadas facultades dentro del marco que establece el ordenamiento jurídico.

Constitución Política

La Constitución Política es la norma fundamental que organiza el Estado, establece sus principales poderes e instituciones, reconoce derechos y fija los límites dentro de los cuales deben actuar quienes ejercen autoridad. No es una recomendación para los gobernantes ni un conjunto de aspiraciones que puedan respetarse o ignorarse según las circunstancias. Es el marco fundamental dentro del cual funciona el sistema político y jurídico del país.

República

Costa Rica no es solamente una democracia. También es una república. La república es una forma de organización del Estado en la que el poder público no pertenece personalmente a quienes lo ejercen. Los cargos son temporales, existen responsabilidades públicas, las autoridades están sujetas a reglas y el Estado continúa existiendo más allá de quien ocupe circunstancialmente la Presidencia, una diputación, una magistratura o cualquier otro puesto público. En una república, el país no pertenece al gobernante de turno.

Institucionalidad

La institucionalidad es el conjunto de instituciones, normas, procedimientos y mecanismos mediante los cuales funciona el Estado. Permite que el país no dependa exclusivamente de la voluntad de una persona, de un gobierno o de un grupo político. Las instituciones permanecen, tienen competencias propias y cumplen funciones que no deberían cambiar simplemente porque cambien quienes gobiernan. Una institucionalidad sólida ofrece continuidad, controles, procedimientos y estabilidad.

Separación de poderes

La separación de poderes significa que el poder del Estado no está concentrado en una sola autoridad. Los distintos poderes cumplen funciones diferentes y existen mecanismos de control, equilibrio y responsabilidad entre ellos. Precisamente por eso un gobierno puede gobernar, pero no puede hacerlo sin límites. Una Asamblea Legislativa puede legislar, pero también está sometida a la Constitución. El Poder Judicial puede resolver conflictos y controlar determinadas actuaciones sin depender de la voluntad del Poder Ejecutivo. Separar el poder es una manera de impedir que una sola persona o institución pueda apropiarse de todo el poder estatal.

Legalidad

El principio de legalidad es especialmente importante en el ámbito público. Las autoridades no pueden hacer simplemente todo aquello que la ley no les prohíba. Deben actuar dentro de las competencias que el ordenamiento jurídico les concede. Tener poder no significa tener permiso para cualquier cosa. Una autoridad pública debe poder justificar jurídicamente por qué puede hacer aquello que pretende hacer.

Control constitucional

El control constitucional es uno de los mecanismos mediante los cuales se verifica que las actuaciones del Estado respeten la Constitución. Por eso, cuando la Sala Constitucional limita una actuación del Gobierno, de la Asamblea Legislativa o de alguna otra autoridad, no necesariamente está actuando simplemente porque “esto es una democracia”. Está ejerciendo una función propia de un Estado constitucional de derecho, dentro de un sistema en el cual incluso quienes fueron elegidos democráticamente están sometidos a límites.

Derechos fundamentales

Los derechos fundamentales son derechos reconocidos y protegidos frente al poder público y, en determinados casos, también frente a actuaciones privadas. Entre ellos se encuentran la libertad, la igualdad, el debido proceso, la libertad de expresión y muchas otras garantías esenciales. Su existencia recuerda algo fundamental: incluso una mayoría democrática tiene límites. Haber ganado una elección o contar con el respaldo de una mayoría no autoriza a desconocer los derechos de las personas.

Entonces, ¿qué somos?

Costa Rica es una democracia, sí, pero no es solamente una democracia. Dentro de nuestro sistema constitucional conviven varios conceptos distintos que se complementan y se apoyan entre sí: república, democracia, Estado de derecho, institucionalidad y separación de poderes. No son sinónimos y la existencia de uno no implica automáticamente la existencia plena de los demás. Un país puede reunir algunos de estos elementos y carecer de otros, o puede tenerlos en grados muy diferentes.

Por eso es importante entender que no todo lo que ocurre en Costa Rica sucede “porque somos una democracia”. Cuando una institución controla al Gobierno, cuando un poder limita a otro, cuando una autoridad debe someterse a la ley, cuando una decisión puede ser impugnada o cuando una persona puede acudir ante un tribunal para defender sus derechos, pueden estar actuando otros elementos de nuestro sistema: el Estado de derecho, la separación de poderes, la institucionalidad, la legalidad o el control constitucional.

La Constitución es el marco dentro del cual Costa Rica articula estos elementos. Aquí conviven y se refuerzan mutuamente, pero conceptualmente no son lo mismo. En otros países pueden existir combinaciones diferentes: puede haber una república sin una democracia plena, una democracia con un Estado de derecho debilitado, instituciones sin una separación efectiva de poderes o una separación formal de poderes que en la práctica no funcione adecuadamente.

Entonces podemos resumirlo de una manera sencilla: la república define la forma de organización del Estado. La democracia define de dónde proviene la legitimidad del poder. El Estado de derecho establece los límites de ese poder. La separación de poderes determina cómo se distribuye. Y la institucionalidad establece las estructuras mediante las cuales funciona.

Cinco conceptos diferentes que, en Costa Rica, conviven dentro de un mismo sistema constitucional y se apoyan mutuamente.

Tal vez por eso convenga dejar de llamar “democracia” a todo. Porque algunas cosas son democracia. Y otras son precisamente las estructuras, reglas y límites que hemos construido para impedir que el poder, incluso cuando ha sido obtenido democráticamente, pueda convertirse en abuso.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio