
Un recurso de amparo fue presentado ante la Sala Constitucional contra el Decreto Ejecutivo 45.870-MSP, firmado el 27 de julio de 2026 por la presidenta Laura Fernández Delgado y el ministro de Seguridad Pública, Gerald Campos Valverde, y publicado el 10 de agosto. El recurso fue interpuesto por el abogado Giovanni Alexánder Delgado Castro, quien sostiene que el decreto podría vulnerar derechos fundamentales relacionados con el acceso a la información pública, la transparencia, el control ciudadano y la rendición de cuentas.
El decreto declara secreto de Estado una amplia cantidad de información vinculada con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la DIS, la llamada Fuerza Élite y otras coordinaciones de seguridad dirigidas por la Presidencia. El punto que provoca mayor discusión es que la reserva no se limita a operaciones policiales, inteligencia o estrategias contra el crimen organizado: también alcanza presupuestos, partidas de gasto, estudios previos, ofertas, adjudicaciones, contratos y fases de ejecución de contrataciones públicas.
El recurrente no cuestiona que determinada información sensible pueda requerir confidencialidad. Su argumento central es otro: considera desproporcionado convertir en secreta, de manera general, información relacionada con el manejo de fondos públicos y contrataciones. Según plantea en el recurso, la publicidad debería ser la regla y el secreto la excepción, particularmente cuando se trata de recursos del Estado. También cuestiona que una restricción de esta magnitud pueda establecerse mediante un decreto ejecutivo y no mediante una ley aprobada por la Asamblea Legislativa.
Entre las preguntas que deja planteadas el recurso están algunas bastante sencillas, pero importantes: ¿cómo podrá conocerse cuánto dinero se gasta?, ¿quién recibe las contrataciones?, ¿cómo se supervisan esos fondos? y ¿quién fiscaliza la ejecución de contratos declarados confidenciales?
Ahora corresponderá a la Sala Constitucional determinar primero la admisibilidad del recurso y, posteriormente, si los argumentos planteados tienen fundamento constitucional. El recurrente solicita, entre otras cosas, que se deje sin efecto la restricción sobre presupuestos, contrataciones públicas, adjudicaciones, contratos y ejecución contractual.
El asunto merece seguimiento. Porque proteger información estratégica para combatir el crimen organizado es una responsabilidad del Estado; pero proteger la seguridad nacional y garantizar la transparencia en el uso del dinero público no deberían convertirse automáticamente en objetivos incompatibles.