Las mujeres presidentes de Costa Rica

Apacigua levanta la voz por las otras ocho que ejercieron la presidencia, además de las dos que lo hicieron de manera titular.

Cuando hablamos de las mujeres que han ocupado la Presidencia de la República de Costa Rica, casi inevitablemente mencionamos dos nombres: Laura Chinchilla Miranda y Laura Fernández Delgado. La primera, electa para gobernar entre 2010 y 2014, y la segunda, electa para el período 2026-2030. Ambas tienen un lugar indiscutible en nuestra historia democrática, porque fueron elegidas por el pueblo costarricense para ocupar la Presidencia durante un período constitucional completo. Pero hay una pregunta que pocas veces nos hacemos: ¿fueron ellas las únicas mujeres que han ejercido la Presidencia de Costa Rica? La respuesta es no. Y detrás de esa respuesta hay una parte de nuestra historia republicana que merece ser conocida, reconocida y contada con mayor precisión.

Nuestra Constitución Política establece algo extraordinariamente importante. Cuando elegimos una fórmula presidencial, no estamos eligiendo únicamente a una persona para ocupar la Presidencia. Estamos eligiendo, mediante el voto popular, a un presidente o presidenta y a dos vicepresidentes o vicepresidentas. El artículo 138 establece esa elección simultánea y el artículo 135 dispone que, ante las ausencias temporales del presidente, cualquiera de las personas que ocupa una vicepresidencia puede ser llamada a sustituirlo. Esto significa que una vicepresidenta que asume temporalmente la Presidencia no llega allí por casualidad, por un favor político ni por una designación ajena al orden constitucional. Llega porque fue elegida popularmente para un cargo que contempla expresamente esa responsabilidad y porque nuestra Constitución le otorga la facultad de ejercerla.

Y aquí aparece una distinción que debemos comprender sin restarle importancia a ninguna de las dos condiciones. Una cosa es ser elegida presidenta titular para gobernar durante cuatro años, y otra es ejercer constitucionalmente la Presidencia durante una sustitución temporal. Son situaciones jurídicas diferentes, pero ambas forman parte de nuestra historia presidencial. Durante el tiempo en que una vicepresidenta ejerce la Presidencia, no está simplemente cuidando una silla, atendiendo llamadas o esperando que regrese el mandatario titular. Está ejerciendo la autoridad presidencial que nuestra Constitución le permite asumir, con sus facultades, obligaciones y responsabilidades. Por eso, reconocer que una mujer fue presidenta en ejercicio no es una concesión de cortesía ni un recurso literario. Es reconocer una realidad institucional.

Y nuestra historia tiene nombres que lo demuestran. En 1986, durante la primera administración de Óscar Arias Sánchez, Victoria Garrón Orozco se convirtió en la primera mujer en ocupar una Vicepresidencia de la República de Costa Rica. Pero su importancia histórica no terminó allí. Durante aquella administración ejerció la Presidencia de la República en catorce ocasiones. La primera fue el 6 de agosto de 1986. Es decir, veinticuatro años antes de que Laura Chinchilla asumiera como presidenta titular, una mujer ya había estado al frente del Poder Ejecutivo costarricense mediante el mecanismo constitucional de sustitución. Victoria Garrón no fue una figura simbólica. Fue una mujer que ejerció la Presidencia de nuestro país y cuyo nombre merece ocupar un lugar mucho más visible en nuestra memoria histórica.

Durante la administración de José María Figueres Olsen, entre 1994 y 1998, encontramos a Rebeca Grynspan Mayufis, vicepresidenta de la República, quien también ejerció temporalmente la Presidencia. Posteriormente, durante el gobierno de Miguel Ángel Rodríguez Echeverría, entre 1998 y 2002, encontramos dos nombres particularmente significativos: Astrid Fischel Volio y Elizabeth Odio Benito. Ambas integraron la fórmula presidencial electa, ocupando la primera y la segunda vicepresidencias, respectivamente, y ambas llegaron a ejercer temporalmente la Presidencia. En el caso de Elizabeth Odio, por ejemplo, existen acuerdos oficiales que documentan su llamado para sustituir al presidente durante viajes al exterior. Resulta especialmente interesante recordar que aquella administración fue la primera en la que las dos vicepresidencias de la República estuvieron ocupadas por mujeres.

Posteriormente, durante la administración de Abel Pacheco de la Espriella, entre 2002 y 2006, Lineth Saborío Chaverri ocupó la primera vicepresidencia y ejerció temporalmente la Presidencia de la República en diferentes oportunidades. No se trata únicamente de registros históricos o testimonios. Existen acuerdos publicados en el diario oficial La Gaceta que llevan su firma y la identifican expresamente como primera vicepresidenta en ejercicio de la Presidencia de la República. Esos documentos dan cuenta de decisiones administrativas y gubernamentales tomadas bajo su autoridad presidencial.

Y llegamos entonces a un caso que considero especialmente revelador: Laura Chinchilla Miranda. Antes de convertirse en la primera mujer elegida presidenta titular de Costa Rica, en las elecciones de 2010, Laura Chinchilla ya había ejercido constitucionalmente la Presidencia durante la segunda administración de Óscar Arias Sánchez, cuando ocupaba la primera vicepresidencia entre 2006 y 2010. Los acuerdos oficiales registran, por ejemplo, que ejerció la Presidencia del 30 de noviembre al 6 de diciembre de 2006 y nuevamente durante distintos períodos de 2007 y 2008. En otras palabras, Laura Chinchilla fue presidenta en ejercicio antes de ser elegida presidenta titular. Su trayectoria reúne las dos condiciones que estamos analizando y nos permite comprender, con un ejemplo muy claro, que ejercer temporalmente la Presidencia y ser elegida para ocuparla durante cuatro años son hechos distintos, aunque ambos plenamente constitucionales.

Durante el gobierno de Luis Guillermo Solís Rivera, entre 2014 y 2018, Ana Helena Chacón Echeverría también ejerció la Presidencia de la República como segunda vicepresidenta. Los acuerdos oficiales registran diferentes períodos de sustitución, incluyendo uno comprendido entre el 30 de diciembre de 2014 y el 10 de enero de 2015. Este caso resulta particularmente útil para comprender que nuestra Constitución no limita necesariamente el ejercicio temporal de la Presidencia a quien ocupa la primera vicepresidencia. También puede asumirla quien fue elegida para la segunda vicepresidencia, cuando el presidente titular la llama conforme a las disposiciones constitucionales.

Durante la administración de Carlos Alvarado Quesada, entre 2018 y 2022, Epsy Campbell Barr se sumó a esta historia. Como primera vicepresidenta de la República ejerció temporalmente la Presidencia, entre otras ocasiones, del 11 al 14 de junio de 2018. Los documentos oficiales no dejan lugar a dudas sobre la condición bajo la cual actuaba. Su ejercicio presidencial forma parte de nuestra historia institucional, además de la importancia que tuvo su elección como primera mujer afrodescendiente en ocupar una Vicepresidencia de Costa Rica.

Y durante la administración de Rodrigo Chaves Robles, entre 2022 y 2026, Mary Munive Angermüller también ejerció temporalmente la Presidencia de la República. Uno de los registros oficiales más recientes confirma que fue llamada a ejercerla del 6 al 13 de marzo de 2026. De nuevo encontramos el mismo procedimiento constitucional: una mujer elegida vicepresidenta por voto popular, llamada formalmente a ejercer la Presidencia durante la ausencia del presidente titular.

Finalmente, tenemos a Laura Fernández Delgado, elegida presidenta titular para el período comprendido entre el 8 de mayo de 2026 y el 8 de mayo de 2030. Su elección representa otro acontecimiento histórico para nuestro país, al convertirse en la segunda mujer elegida directamente para ocupar la Presidencia durante un período constitucional completo. Ese es el reconocimiento preciso que corresponde a Laura Chinchilla y a Laura Fernández. Pero reconocerlo no debería llevarnos a desconocer a las mujeres que, antes y entre ambas administraciones, también ejercieron legítimamente la autoridad presidencial.

Hay algo que considero fundamental en esta reflexión. No estamos hablando de mujeres que simplemente fueron cercanas al poder, que acompañaron a un presidente o que ocuparon un puesto honorífico. Estamos hablando de mujeres que fueron elegidas mediante el voto popular y que, en determinados momentos, asumieron constitucionalmente el ejercicio de la máxima autoridad del Poder Ejecutivo de Costa Rica. Algunas lo hicieron durante unas horas; otras, durante varios días. Pero la duración de una sustitución no determina su legitimidad. Un día de ejercicio constitucional de la Presidencia no deja de ser un día de ejercicio presidencial porque haya sido breve, ni porque quien lo desempeñara fuera una mujer.

Tampoco debemos exagerar el argumento. Haber sido elegida vicepresidenta no equivale a haber recibido un mandato popular para gobernar como presidenta titular durante cuatro años. La distinción existe y debe respetarse. Pero igualmente debemos respetar el otro lado de esa realidad: una vicepresidenta que ejerció la Presidencia no fue solamente vicepresidenta durante ese período. Fue presidenta en ejercicio de la República, con la autoridad que le correspondía constitucionalmente. Si nuestra memoria histórica reserva todo el reconocimiento presidencial únicamente a quienes ocuparon el cargo como titulares durante cuatro años, terminaremos dejando fuera a muchas personas que también lo ejercieron legítimamente.

Por eso me parece importante que, cuando hablemos de las mujeres presidentes de Costa Rica, no limitemos nuestra conversación a dos nombres. Victoria Garrón, Rebeca Grynspan, Astrid Fischel, Elizabeth Odio, Lineth Saborío, Laura Chinchilla, Ana Helena Chacón, Epsy Campbell, Mary Munive y Laura Fernández forman parte de una historia más amplia que merece contarse. Son diez mujeres identificadas en este recorrido, aunque no todas llegaron a la Presidencia de la misma manera ni durante el mismo tiempo. Y es posible que una investigación exhaustiva de todos los registros oficiales permita precisar aún más esta historia.

Nuestra República ha elegido a dos mujeres como presidentas titulares, pero muchas más han ejercido constitucionalmente la Presidencia. Las primeras merecen el reconocimiento que corresponde a su elección y a su mandato. Las demás merecen que no olvidemos el poder que también ejercieron, las decisiones que pudieron tomar y la responsabilidad que asumieron. Porque la historia democrática de un país no se construye únicamente con los nombres de quienes permanecieron cuatro años en una silla, sino también con los de quienes ocuparon legítimamente esa silla cuando la Constitución así lo dispuso.

Quizás ha llegado el momento de comenzar a contar nuestra historia presidencial femenina de una manera más completa. No para quitarle méritos a ninguna mujer, sino para devolverles a todas el reconocimiento que les corresponde.

Porque antes de que Costa Rica eligiera a su primera presidenta titular, Costa Rica ya había tenido una mujer ejerciendo la Presidencia de la República. Y se llamaba Victoria Garrón Orozco.

Y entonces, doña Laura Chinchilla tiene una particularidad histórica que merece ser reconocida: ejerció la Presidencia de Costa Rica durante dos administraciones distintas. Primero, como vicepresidenta en ejercicio de la Presidencia durante el gobierno de Óscar Arias Sánchez, responsabilidad que asumió en varias ocasiones y, posteriormente, como presidenta titular durante su propia administración, convirtiéndose en la primera mujer elegida por el pueblo costarricense para ocupar ese cargo durante un período constitucional completo. Por su parte, doña Laura Fernández, hasta este momento, ha ejercido la Presidencia únicamente durante su propia administración. Así, mientras doña Laura Chinchilla reúne antecedentes de ejercicio presidencial en dos administraciones diferentes, doña Laura Fernández inicia su trayectoria presidencial como titular del cargo. Esta distinción no establece superioridades entre ambas, pero sí constituye un hecho histórico que merece ser reconocido.

Por lo tanto, doña Laura Fernández es la segunda mujer elegida presidenta titular de Costa Rica, pero es la décima mujer que ha ejercido la Presidencia de la República, según los casos históricos documentados en este artículo. Y esa aclaración debería acompañar siempre cualquier referencia a su posición en nuestra historia, porque antes de ella hubo otras mujeres que también ejercieron, legítima y constitucionalmente, la Presidencia de la República. Algunas lo hicieron en varias ocasiones, otras durante períodos más breves, pero todas asumieron una responsabilidad que nuestra Constitución les otorgó y que el voto popular hizo posible.

Y reconocerlas no es cuestión de opiniones, sino de justicia histórica.

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Referencias principales: Constitución Política de Costa Rica, artículos 135 y 138; Galería de las Mujeres del INAMU; acuerdos presidenciales publicados en La Gaceta; registros legislativos de la Asamblea Legislativa y declaratorias oficiales del Tribunal Supremo de Elecciones. La nómina presentada identifica casos documentados, no un censo histórico exhaustivo.

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