El PANI abrió una investigación, luego de diversas denuncias —según se ha dicho— contra la familia de Álvaro Ramos, debido a la aparición de una niña en un video de campaña en contra del presidente. Hasta ahí, el hecho puede leerse como parte del deber institucional de revisar denuncias cuando estas se presentan, sin prejuzgar a nadie.
Sin embargo, apenas un día después, se presentaron otras denuncias contra la familia de Robert Barrantes, porque su hija también aparece en un video, esta vez a favor de don Rodrigo Chaves. La coincidencia temporal, el paralelismo de los casos y la naturaleza casi espejo de ambas situaciones abren preguntas que no se pueden ignorar.
Ahora queda por ver cómo resolverá el PANI. Hay tres caminos posibles: que libere ambos casos, que sancione ambos, o que resuelva uno sí y el otro no. Y es precisamente ahí donde la decisión deja de ser administrativa para convertirse en un asunto profundamente delicado.
Porque en Costa Rica, los niños y las niñas tienen potestades legales progresivas. Participan en procesos de opinión, en actividades cívicas, en gobiernos estudiantiles, en debates escolares y colegiales, e incluso en ejercicios simbólicos de elecciones nacionales. La participación infantil en asuntos públicos no es ajena a nuestra cultura democrática.
Por eso, la pregunta de fondo no es menor: ¿hasta dónde llega la protección y dónde empieza la restricción? ¿En qué momento una institución que protege derechos puede terminar limitando la libertad de expresión, incluso la de una menor, por razones políticas?
Porque, hasta donde tengo entendido, don Álvaro no pagó pauta en la grabación del vídeo en un ambiente público; pero hay quienes aseguran, sin que a mi me conste, que el Sr. Barrantes puede ser un caso distinto, ya veremos.
Si el PANI decide que la aparición de una niña en un video político constituye una falta sancionable, se abre un terreno complejo que podría incluso trascender fronteras. No es descabellado pensar que una resolución mal fundamentada podría derivar en cuestionamientos a nivel internacional, bajo el argumento de que se estaría intentando impedir el ejercicio de la libertad de expresión de una persona menor de edad.
El PANI no está solo observando dos casos. Está caminando sobre una cuerda floja institucional, jurídica y ética. Y su resolución, sea cual sea, marcará un precedente.
No se trata de bandos. No se trata de a favor o en contra. Se trata de coherencia, de proporcionalidad y de respeto a los derechos.
Por ahora, toca observar. Y esperar. Porque, en este caso, la forma en que se resuelva es tan importante como el fondo mismo.
