
Hay momentos en los que una persona debe detenerse antes de actuar, medir las consecuencias, pensar no solamente en aquello que tiene derecho o autoridad para hacer, sino también en la manera en que lo hace. Y esa prudencia no debería disminuir conforme aumenta nuestra posición, nuestra influencia o nuestro poder. Todo lo contrario. Entre mayor sea la responsabilidad que tenemos, mayor debería ser también nuestra capacidad para medir cada palabra, cada gesto y cada decisión. Porque una actuación que en cualquier ciudadano podría terminar siendo simplemente una imprudencia, cuando proviene de un funcionario público puede tener consecuencias administrativas, constitucionales, políticas e incluso penales.
Lo digo a propósito de lo que hoy enfrenta don Gabriel Aguilar, ministro de Justicia y Paz. No escribo estas líneas para atacarlo, ni mucho menos para declararlo responsable de delito alguno. Eso le corresponde exclusivamente a las autoridades competentes y debe quedar absolutamente claro que una investigación no es una condena. Pero actualmente existen al menos dos causas penales relacionadas con actuaciones del ministro, ambas por el presunto delito de abuso de autoridad. Una se relaciona con el traslado de un privado de libertad al régimen de alta contención; la otra, abierta por la Fiscalía General el 6 de octubre, se relaciona con el video difundido por el propio Ministerio de Justicia durante una visita a la cárcel de Puntarenas, conocido como “Los Jachudos van directo al CACCO”.
No voy a entrar aquí a juzgar el fondo de esas investigaciones. Para eso existe el Ministerio Público, existen los tribunales y existen las garantías del debido proceso. Incluso quien ocupa uno de los cargos más importantes relacionados con la administración de justicia y el sistema penitenciario tiene derecho a que se le investigue respetando su presunción de inocencia. Precisamente ahí está una de las grandezas del Estado de derecho: nadie está por encima de la ley, pero tampoco nadie debe ser condenado antes de que corresponda. Ser ministro no evita que pueda abrirse una investigación, de la misma manera que ser investigado no convierte automáticamente a nadie en culpable.
Pero este episodio deja una enseñanza que va mucho más allá de don Gabriel. La autoridad necesita límites, procedimientos y prudencia. Podemos tener convicción, podemos ser enérgicos, podemos tomar decisiones difíciles y podemos enfrentar situaciones extraordinariamente complejas; pero ejercer autoridad nunca debería significar olvidar que nuestras actuaciones producen consecuencias. Mucho menos cuando existe una cámara grabándolas y después esas imágenes son difundidas oficialmente ante todo un país.
La actuación del ministro en Puntarenas no produjo únicamente una reacción judicial. La Defensoría de los Habitantes cuestionó públicamente lo ocurrido y habló de acciones arbitrarias y tratos humillantes; posteriormente la Defensa Pública presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, insistiendo en que la disciplina y la seguridad penitenciarias deben ejercerse dentro del Estado de derecho y respetando la dignidad humana. Nuevamente, que esas instituciones cuestionen una actuación tampoco significa que exista ya una responsabilidad determinada. Significa algo mucho más sencillo y, a mi juicio, mucho más importante: en una democracia los actos del poder están sometidos a controles.
Pero hay otra cara de esta historia de la que también deberíamos hablar. Cuando una autoridad decide confrontar públicamente a personas vinculadas con ambientes criminales o penitenciarios, tampoco puede olvidar su propia seguridad. Después de la difusión del video aparecieron en redes sociales mensajes de personas molestas con el ministro y, según información publicada por medios nacionales, una persona llegó incluso a grabar un video retándolo a pelear. Eso no permite afirmar que exista una amenaza criminal concreta contra don Gabriel, y sería irresponsable hacerlo sin pruebas. Pero sí demuestra que determinadas actuaciones públicas pueden provocar reacciones imprevisibles y aumentar innecesariamente la exposición de quien ocupa un cargo delicado.
Y es precisamente ahí donde vuelve a aparecer la palabra prudencia.
Porque prudencia no significa cobardía. Prudencia tampoco significa abandonar el ejercicio de la autoridad, permitir que las cárceles sean controladas por estructuras criminales o mirar hacia otro lado cuando existen armas, violencia o amenazas dentro de los centros penitenciarios. El propio Ministerio de Justicia ha planteado una política basada en orden, control, disciplina y combate a la corrupción penitenciaria, objetivos que forman parte legítima de las responsabilidades del Estado. Pero una cosa es ejercer autoridad y otra distinta es convertir ese ejercicio en espectáculo, confrontación o desafío público. Y cuando hablamos de estructuras criminales, esa diferencia puede tener consecuencias que van mucho más allá de una discusión política.
Quizás aquí tengamos una oportunidad para aprender todos, no solamente los ministros. Antes de hablar, antes de publicar, antes de enfrentarnos a alguien, antes de utilizar la autoridad que circunstancialmente tenemos, conviene preguntarnos qué puede suceder después. Qué consecuencia jurídica puede producir nuestro acto. Qué reacción podemos despertar. Qué mensaje estamos enviando. A quién podemos afectar. E incluso qué riesgo podemos estar creando para nosotros mismos.
Un ministro tiene muchísimo poder, pero también muchísimas responsabilidades. Un alcalde las tiene. Un diputado las tiene. Un magistrado las tiene. Un policía las tiene. Un empresario las tiene. Un director las tiene. Y nosotros, desde espacios muchísimo más pequeños, también tenemos alguna forma de poder sobre otras personas. Por eso este caso no debería servir únicamente para señalar a don Gabriel Aguilar. Puede servirnos para recordar algo que muchas veces olvidamos: mientras más alto sea el cargo que ocupamos, más baja debería ser nuestra necesidad de demostrar que tenemos poder.
La autoridad verdadera no siempre necesita levantar la voz. Muchas veces se demuestra precisamente en la capacidad de contenerla. Y en un Estado de derecho, esa prudencia no es debilidad. También es autoridad.